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El uso de petardos o pirotecnia en Córdoba está sancionado con multas de 100 a 600.000 euros

El uso de petardos o pirotecnia en Córdoba está sancionado con multas de  100 a 600.000 euros

El Ayuntamiento emite un bando sobre la venta, manipulación y uso de estos materiales
La Navidad es sinónimo de reuniones familiares, fiestas, luces, regalos villancicos, pero, para muchos, también del atronador sonido de la pirotecnia. Por ello, un año más el Ayuntamiento de Córdoba ha emitido un bando municipal sobre la prohibición, manipulación y uso de material pirotécnico en la ciudad. Las sanciones mínimas de 100 euros ascienden hasta los 600.000 de máxima. El documento, que sirve para limitar la venta y el uso de pirotecnia en estas fechas y para garantizar la seguridad ciudadana, fue firmado por el alcalde, José María Bellido, a principios de diciembre. En éste se recuerda los riesgos que puede suponer el uso de pirotecnia tanto para vendedores como para los usuarios esporádicos, además de las molestias y perturbaciones psicofísicas para los vecinos y animales del entorno urbano. Por tanto, con este bando se prohíbe la venta, manipulación y uso de cualquier clase de artículos pirotécnicos, especialmente los conocidos popularmente como petardos, en las vías y zonas de dominio público y privadas, salvo que se cuente con la expresa autorización municipal y de las demás administraciones públicas competentes. Además, recuerda que, de igual manera, incluso en los lugares autorizados, está prohibido el uso de artículos de las categorías F1 y F2 a menores de 12 y 16 años, respectivamente. Así como la categoría F3 para los mayores de 18. El alcalde establece en el escrito que se comprueben que los establecimientos expendedores de este tipo de artículos cumplen con la normativa del artículo 124 del Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería. Por último, si no cumpliese con esta, además de la correspondiente denuncia, las sanciones que establece la normativa van desde los 100 a los 601.012 euros, además de la incautación del material y la suspensión de la actividad o cierre del establecimiento hasta cinco años, dando cuenta a las autoridades judiciales y administrativas para resolver otras responsabilidades.

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